II
II. Los plazos transcurrirán en forma ininterrumpida, salvo disposición contraria. Se exceptúan los plazos cuya duración no exceda de quince días, los cuales sólo se computarán los días hábiles. En el cómputo de los plazos que excedan los quince días se computarán los días hábiles y los inhábiles
- Partes: Evelin Ortuño Villarroel c/ FABOCE S.R.L., representado por Ricardo Auzza Allerding
- Proceso: Acción reivindicatoria y entrega de parte de lote de terreno
- La Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, en vigencia plena en la
- II
- III
- Asimismo, el art. 91 (Días y Horas Hábiles) del mismo adjetivo civil, preceptúa
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
