Auto Supremo AS/0017/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0017/2017-RA

Fecha: 17-Ene-2017

En los motivos primero y segundo, por los que el recurrente denuncia falta de fundamentación


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el 6 de septiembre de 2016, fue notificado el imputado con el Auto de Vista impugnado; y, el 13 del mismo mes y año, interpuso su recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En los motivos primero y segundo, por los que el recurrente denuncia falta de fundamentación e incongruencia por pronunciamiento ultra petita en el Auto de Vista, el acusado no cumplió con proveer los requisitos previstos por los art. 416 y 417 del CPP, al no invocar ningún precedente contradictorio y en consecuencia no señalar la presunta contradicción entre éstos y la resolución impugnada, deviniendo en inadmisible ambos motivos de casación