De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 6/2015 de 13 de febrero (fs. 1263 a 1274), el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró al imputado Jorge Antonio Márquez Hirlemann, autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del CP, imponiendo la pena de quince años de presidio sin derecho a indulto, más daños civiles y, costas a favor del Estado
- Por memorial presentado el 6 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los querellantes Ibett Patricia e Iván todos de apellido Piñeiro
- c) Por diligencia de 29 de septiembre de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo de
- En cuanto al único motivo traído en casación, referido a que el Auto de Vista
- No obstante lo señalado, existiendo una denuncia sobre la posible vulneración de los derechos al
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
