Auto Supremo AS/0039/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0039/2017-RA

Fecha: 20-Ene-2017

Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo


II. DEL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:

La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, no se halla fundamentado al igual que la Sentencia impugnada que no había cumplido con lo previsto por el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues habría consentido defectos absolutos insubsanables conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP; alega que en su recurso de apelación restringida, invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 97 de 2 de abril de 1990, 334 de 10 de septiembre de 1997 y 150 de 7 de abril de 1997, los cuales no habían sido tomados en cuenta por el Tribunal de apelación; en casación invoca como precedente el A.S. 373 de 6 de septiembre de 2006, el cual transcribe parcialmente, para posteriormente describir la fundamentación fáctica expuesta en su acusación particular, alegando que en juicio demostró la participación del imputado en el delito de Estelionato; empero el A quo, había incurrido en el defecto de Sentencia previsto por el inc. 1) del art. 370 del CPP, lo cual se reflejaría en el párrafo 7 del acápite V.B. de la Sentencia, defecto que a decir de la recurrente es absoluto conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) de la norma Adjetiva Penal, por vulneración del art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), la cual establece, que toda resolución debe ser fundamentada, por lo que a decir de la acusadora, se observa un fallo dictado en inobservancia de las reglas del debido proceso, que vulnera la tutela judicial efectiva, y que la escasa y contradictoria fundamentación conlleva violación a derechos y garantías constitucionales conforme lo señalado por el inc. 5) del art. 370, arts. 124 y 398 del CPP, 8.2 inc. h) de la Ley 1430 de 11 de febrero de 1993, 14.5 de la Ley 2119 de 11 de septiembre de 2000