Auto Supremo AS/0290-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0290-1/2017

Fecha: 20-Oct-2017

7)En cuanto a la premisa de la separación de la esposa por dos o más

5)Se divorció de su primer esposo hace veinte años porque la dejó por otra mujer, y desde entonces se dedicó a servir a su segundo esposo – ahora causante-, lavando y haciéndole compañía; por lo que, sin mediar presión alguna se casaron el 30 de julio de 2010, siendo que la trabajadora social no reflejó la verdad en su informe;
6)El tercer párrafo del art. 52 del CSS dispone que no tendrán derecho a la renta de viudedad la divorciada por sentencia ejecutoriada, aspecto cumplido; ya que ella nunca se divorció y no existe prueba al respecto en obrados;
7)En cuanto a la premisa de la separación de la esposa por dos o más años por su culpa, no se aplicó a su caso porque vivió junto al causante, pero debido a un accidente que sufrió no podía acceder a la casa del mismo