En cuanto a los demás requisitos se advierte, que la parte recurrente, observó la pena
En cuanto a los demás requisitos se advierte, que la parte recurrente, observó la pena que se impuso en Sentencia, argumentando que por los delitos acusados a los imputados, debería dárseles “una condena mínimamente de cuatros años” (sic), sin especificar la clase de sanción; alegando que no fueron considerados en Sentencia, menos en el Auto de Vista ahora impugnado; asimismo, hizo referencia sobre la procedencia del recurso de casación, de lo que es el recurso de apelación restringida y la actuación que deben tener los Tribunales de alzada, para finalmente, indicar que el ordenamiento penal, acoge el sistema de la sana crítica; sin embargo, no invocó precedente contradictorio alguno, conforme lo exige los arts. 416 y 417 del CPP; consiguientemente, se advierte que no señaló en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y precedente contradictorio alguno, requisito que constituye una carga procesal para la parte recurrente de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes, lo que debió ser expuesto de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos. Por tanto, la parte recurrente, no cumplió con los requisitos exigidos por el art. 417 del CPP, lo que hace inviable el análisis de fondo de lo pretendido en el presente recurso de casación
- Por memorial presentado el 28 de julio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, Teresa Gonzales Meneces, en representación de Alejandro Mariscal Illanes y Francisca
- c)Por diligencia de 21 de julio de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Refiriendo sobre la procedencia del recurso de casación, indicando entre sus argumentos, que la norma
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En cuanto a los demás requisitos se advierte, que la parte recurrente, observó la pena
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
