Departamental de Justicia de Chuquisaca
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE recurso de casación de fs. 117 a 122 y vta., deducido por Melina Salazar Ferrufino y Víctor Félix Padilla Palacios contra el Auto de Vista Nº 257/2017 de fecha 12 de septiembre, cursante de fs. 111 a 112 y vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal
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- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
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- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
