CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II. Que, la Revisión de Sentencia constituye un recurso extraordinario, por lo que es posible impugnar y revisar fallos pasados en autoridad de cosa juzgada, al amparo del art. 421 del Código de Procedimiento Penal en relación con los arts. 25 y 8º del Pacto de San José de Costa Rica y de la Declaración Universal de los Derechos Humanos respectivamente. Por lo que se dirá que es un medio de reconsideración excepcional contra una sentencia ejecutoriada, en situaciones o casos de errores judiciales, por medio del cual el Juzgador puede rectificar el exceso a favor de los condenados para reafirmar la justicia luego del reconocimiento de la falibilidad por parte de los juzgadores, cuyo fin es anular sentencias firmes injustas, por ello mantiene la excepcionalidad del instituto a través de rígidos requisitos formales, cuyo trámite es independiente en forma separada y debe sustentarse en cualquiera de las causales establecidas en el catálogo señalado en el art. 421 del Código de Procedimiento Penal
- AUTO SUPREMO: 125/2017
- FECHA:Sucre, 30 de noviembre de 2017
- EXPEDIENTE Nº:18/2017
- PARTES:Macedonio Chavarria Choque contra la Sentencia 02/2016 de fecha 19 de octubre de 2016
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Rómulo Calle Mamani
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinario de sentencia interpuesto por Macedonio Chavarría
- CONSIDERANDO I: Que Macedonio Chavarría Choque por memorial de fs
- Por lo que presenta la Revisión Extraordinaria de Sentencia por la causal 421 – 1
- Concluye su fundamento, que con las atribuciones contenidas en el art
- CONSIDERANDO II
- En el caso concreto, de la revisión del recurso interpuesto y la prueba documental adjuntada,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Cítese al señor Fiscal General como a los querellantes Delicia Cuevas Baldivieso, para que contesten
- Para la citación de las querellantes, líbrese provisión citatoria, cuyo diligenciamiento se comisiona a la
- Al otrosí 1º.- Se tiene por adjuntada las pruebas presentadas con noticia de partes
- Al otrosí 2º.- Se tiene presente
- Sala Plena
