Por lo que presenta la Revisión Extraordinaria de Sentencia por la causal 421 – 1
Por lo que presenta la Revisión Extraordinaria de Sentencia por la causal 421 – 1 del C.P.P., ya que los hechos contenido en la Sentencia Nº 02/2016 de 19 de noviembre, emitido por el Juez Publico Mixto Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Nº 1 de San Pedro de Buena Vista – Potosí, resultan incompatibles con otras sentencias Nº 14/2013 de 29 de noviembre, sentencia que se halla en Auto Supremo Nº 506/2014-RRc de 1 de octubre de 2014 y Auto Supremo 22/2015-RA de 31 de marzo, ya que estas últimas tratan del mismo caso, en la que se absuelve al imputado y en la otra condenan con una pena menor y por otro tipo de delito que no es violación sino abuso deshonesto, a tal efecto se adjunta prueba pertinente como también la certificación del médico forense
- AUTO SUPREMO: 125/2017
- FECHA:Sucre, 30 de noviembre de 2017
- EXPEDIENTE Nº:18/2017
- PARTES:Macedonio Chavarria Choque contra la Sentencia 02/2016 de fecha 19 de octubre de 2016
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Rómulo Calle Mamani
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinario de sentencia interpuesto por Macedonio Chavarría
- CONSIDERANDO I: Que Macedonio Chavarría Choque por memorial de fs
- Por lo que presenta la Revisión Extraordinaria de Sentencia por la causal 421 – 1
- Concluye su fundamento, que con las atribuciones contenidas en el art
- CONSIDERANDO II
- En el caso concreto, de la revisión del recurso interpuesto y la prueba documental adjuntada,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Cítese al señor Fiscal General como a los querellantes Delicia Cuevas Baldivieso, para que contesten
- Para la citación de las querellantes, líbrese provisión citatoria, cuyo diligenciamiento se comisiona a la
- Al otrosí 1º.- Se tiene por adjuntada las pruebas presentadas con noticia de partes
- Al otrosí 2º.- Se tiene presente
- Sala Plena
