CONSIDERANDO I: Que Primitiva Urquieta y Rubén Torrez Urquieta, solicitan la Revisión Extraordinaria de la
CONSIDERANDO I: Que Primitiva Urquieta y Rubén Torrez Urquieta, solicitan la Revisión Extraordinaria de la Sentencia de 19 de agosto de 2015, pronunciada por el Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Capinota - Cochabamba, señalando que dentro del proceso ordinario de nulidad de venta de terreno efectuado por Ramiro R. Ledezma Rocabado a favor de su esposa Liliana Carvajal de Ledezma por documento de 5 de noviembre de 2003, registrada en la oficina de DD.RR. de Quillacollo, del bien inmueble de propiedad de Simón Torrez Paniagua y su esposa Primitiva Urquieta que otorgan poder a favor de Ramiro R, Ledezma Rocabado facultándole a transferir el lote de terreno, que el apoderado transfiero el mencionado lote a nombre de su esposa Liliana Laura Carvajal de Ledezma infringiendo los arts. 549 inc. 3), 551, 552 y 591 del Código de Procedimiento Civil
- AUTO SUPREMO:
- FECHA:
- EXPEDIENTE Nº:
- PROCESO: Revisión Extraordinaria de Sentencia
- PARTES: Primitiva Urquieta y Rubén Torrez Urquieta contra
- VISTOS EN SALA PLENA: Por memorial de fs
- CONSIDERANDO I: Que Primitiva Urquieta y Rubén Torrez Urquieta, solicitan la Revisión Extraordinaria de la
- Que la sentencia Falla Improbada la demanda de nulidad, en Recurso de Casación confirma la
- Por lo que ante las supuestas infracciones a la Ley dentro del proceso ordinario de
- CONSIDERANDO II: Que de la revisión de obrados se desprenden los siguientes extremos
- Auto de Vista de 11 de marzo de 2016 emitido por la Sala Civil Nº
- Auto Supremo Nº 355/2017 de 5 de abril, emitida por la Sala Civil del Tribunal
- Resolución de ejecutoria de la Sentencia de 19 de agosto de 2015, pronunciada por el
- CONSIDERANDO III: Que para la resolución del conflicto es necesario efectuar las siguientes consideraciones
- A tal efecto, el Código Procesal Civil (Ley 439) ha previsto requisitos y un procedimiento
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y archívese
- Sala Plena
