Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1)El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, no se pronunció respecto a la denuncia de inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, donde indica que habría acusado que el Tribunal de Sentencia calificó de manera errónea la ley sustantiva al condenarlo por el delito de Abuso Deshonesto tipificado en el art. 312 del CP; señalando que el Tribunal de Sentencia no encontró prueba alguna que él hubiera cometido el delito de Violación a Niña, Niño o Adolescente, por lo que a su criterio lo que correspondía era declarar su absolución; al respecto indica que el Tribunal de alzada sobre esta denuncia, concluye de manera general que la Sentencia guarda una secuencia lógica, estructural, fundamentación lógica, descripción, valoración intelectiva; conclusión que indica no es suficiente para motivar lo apelado, puesto que el Auto de Vista no dice porque considera que llega a esas conclusiones y no señalar de manera genérica, siendo que su persona habría denunciado que la Sentencia entra en contradicción al calificar el hecho de Violación de inexistente; sin embargo, lo condena por el delito de Abuso Deshonesto; al respecto reitera que el Tribunal de alzada pasa por alto la referida denuncia, transcribiendo Sentencias Constitucionales, respecto al principio de iura novit curia, omitiendo señalar que dicho instituto se aplica cuando se demuestra de manera certera la comisión de un delito, hecho sobre el cual denuncia que el Tribunal de alzada no se pronunció de manera fundamentada; cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 166 de 12 de mayo de 2005 y 316 de 28 de agosto de 2006 (ambos de sala penal II), además cita los Autos Supremos 338 de 5 de abril de 2007, 76 de 30 de enero de 2006, 254 de 22 de julio de 2005, 315 de 25 de agosto de 2006, 64 de 27 de enero de 2007, 67 de 27 de enero de 2006
- Por memorial presentado el 29 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Fernando Raúl Merlo Arcani, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 22 de agosto de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Por otro lado denuncia que el Tribunal de alzada tampoco se pronunció de manera fundada,
- El art
- Tribunales Departamentales de Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
