De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a)Por Sentencia 22/2014 de 29 de septiembre (fs. 96 a 102), la Juez Primero de Sentencia de Yacuiba del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Mario Velásquez Álvarez y Aida Posada Torrez, autores de la comisión del delito de Alteración de Linderos, previsto y sancionado por el art. 352 del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión, más costas, daños y perjuicios ocasionados al Estado y a los querellantes, concediendo el beneficio del perdón judicial.
b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Mario Velásquez Álvarez y Aida Posada Torrez (fs. 104 a 105 vta.) y los acusadores particulares Agustín y Rosendo ambos de apellidos Posada Torrez (fs. 107 a 108), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 12/2017 de 18 de mayo, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso intentado por los imputados y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 18 de agosto de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencias de 11 de agosto de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Con relación a la temática planteada invocan como precedentes contradictorios los Autos Supremos 412 de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido; c) detallar con precisión en qué consistente la
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al primer motivo, los recurrentes refieren que el Auto de Vista incurrió en
- Con relación al Auto Supremo 205 de 19 de mayo de 2006, se establece que
- En este motivo, los recurrentes incurren en la falencia de no invocar precedente contradictorio y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
