Por memoriales presentados el 25 de agosto de 2017, Marcial Blas Mamani de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 878/2017-RA
Sucre, 03 de noviembre de 2017
Expediente: Cochabamba 60/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Eulogio Mamani Flores y otro
Delito: Transporte de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 25 de agosto de 2017, Marcial Blas Mamani de fs. 404 y vta. y Eulogio Mamani Flores de fs. 408 a 410, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista de 11 de agosto de 2017, de fs. 397 a 399, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 878/2017-RA
Sucre, 03 de noviembre de 2017
Expediente: Cochabamba 60/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Eulogio Mamani Flores y otro
Delito: Transporte de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 25 de agosto de 2017, Marcial Blas Mamani de fs. 404 y vta. y Eulogio Mamani Flores de fs. 408 a 410, interponen recursos de casación impugnando el Auto de Vista de 11 de agosto de 2017, de fs. 397 a 399, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memoriales presentados el 25 de agosto de 2017, Marcial Blas Mamani de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Eulogio Mamani Flores (fs
- c) Por diligencias de 18 de agosto de 2017 (fs
- De la revisión de los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes
- II.2. Recurso de casación de Eulogio Mamani Flores
- El art
- entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal, la de sentar y uniformar
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- IV.1. Recurso de casación de Marcial Blas Mamani
- El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, inadmitió el recurso de apelación restringida, con
- IV.2. Recurso de casación de Eulogio Mamani Flores
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
