De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
c)El 17 de julio de 2017 (fs. 244), fue notificado el imputado con el Auto de Vista recurrido; y, 24 del mismo mes y año, formuló recurso de casación, sujeto al presente análisis de admisibilidad.
II. SOBRE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACION
De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
Con relación a la sanción impuesta en Sentencia, asevera que el Tribunal de apelación, simplemente modificó la pena irracional de trabajo comunitario impuesto por dos años y seis meses por el Juez de Sentencia a cumplirse en la Unidad Militar de la FAB, por la de dos años y seis meses de trabajo comunitario en el Penal de Villa Busch por su condición de abogado, sin atender el reclamo principal sobre la falta de proporcionalidad de la pena de 2 años y seis meses de codena por un delito de lesiones leves con ocho días de impedimento, ni considerar que el también sufrió tres días de impedimento por las lesiones causadas por la presunta víctima, causado en la riña y pelea callejera que ambos sostuvieron; en consecuencia, en el Auto de Vista recurrido, se omitió realizar el control sobre la labor desplegada por el inferior a tiempo de fundamentar la pena, conformándose con dar una respuesta genérica sin la debida motivación ni fundamentación y carente de argumento jurídico, dejándole en total incertidumbre.
Finalmente, sostiene que el Tribunal de apelación contradice la doctrina legal aplicable que fue invocada
- Por memorial presentado el 24 de julio de 2017, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el imputado, fue notificado con el Auto
- En el motivo de casación, el recurrente sostiene que el Tribunal de apelación, con relación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
