- Partes: Juana y Agustina, ambas Callejas Ríos c/ Teófila Callejas Ríos
- Proceso: Reconocimiento e indemnización
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
