Auto Supremo AS/1221/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1221/2017-RA

Fecha: 27-Nov-2017

Conforme a lo previsto en el art

II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1.- Emitido el Auto de Vista de fs. 256 a 258 vta., se notifica al recurrente en fecha 30 de agosto de 2017 (fs. 260), habiendo presentado el recurso en fecha 11 de septiembre de 2017 (timbre de fs. 262), esto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que la recurrente identifica la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, la recurrente impugna la mencionada Resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que declara Inadmisible el recurso de apelación y Confirma la Sentencia apelada recurre de casación, actitud procesal que resulta ser correcta conforme al sistema de impugnación vertical