Criterio compartido y también desarrollado por este Supremo Tribunal de Justicia que respecto al derecho
Criterio compartido y también desarrollado por este Supremo Tribunal de Justicia que respecto al derecho a la impugnación orientó en el Auto Supremo Nº 484/2012 de 13 de diciembre que “…el artículo 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, por su parte el artículo 8 inc. h) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, determina que toda persona tiene derecho a recurrir del fallo ante Juez o Tribunal superior. Ambas disposiciones legales, que conforman el Bloque de Constitucionalidad reconocen el derecho a la impugnación o a la segunda instancia, derecho que se materializa no con el simple enunciado normativo que reconozca a la parte la posibilidad de interponer un recurso de Alzada sino con la respuesta que dé, el Tribunal de Alzada respecto a los motivos que fundan la impugnación, que además de ser pertinente debe ser motivada y fundamentada, solo así se satisface el derecho a la impugnación”
- Partes: María Norka Soto de Asturizaga. c/ Enrique Ramón Ross Mollinedo
- Distrito: La Paz
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que el Tribunal de Alzada en vista del recurso de apelación de fs
- Que existiría falta de pronunciamiento expreso en el Auto de Vista recurrido respecto a
- Que la Juez A quo no habría dado cumplimiento a lo establecido en
- Que una vez que interpuso su recurso de apelación el Tribunal de Lazad no habría
- Que se habría confirmado la Sentencia en una interpretación errónea del art
- Que las resoluciones de instancia no serían congruentes, menos motivados ni fundamentados respecto a que
- Con relación a la respuesta al recurso el demandado señaló, se pretendería desconocer que Enrique
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- El principio a la impugnación se encuentra consagrado en el art
- Entre los recursos que la ley franquea o reconoce para hacer efectivo el principio impugnación
- En este marco resulta necesario referir que sobre el derecho a la impugnación la Sentencia
- Criterio compartido y también desarrollado por este Supremo Tribunal de Justicia que respecto al derecho
- III.2.- Del Principio de Congruencia
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- En este antecedente, el Tribunal de casación a momento de realizar el análisis sobre los
- En este sentido, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ante dicho reclamo corresponde señalar que de la revisión del Auto de Vista recurrido en
- En ese contexto, se tiene que el vicio de incongruencia acusado por el Banco Nacional
- Que obliga a tomar la decisión de anular el Auto de Vista recurrido, esto dentro
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- Sin multa por ser el error excusable
- Cumpliendo lo previsto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
