De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 989 a 996, interpuesto por Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez por sí y en representación de Jaldania Paz Maldonado y Maycel Maldonado Sánchez contra el Auto de Vista Nº 60/2017 de 27 de junio, cursante de fs. 985 a fs. 987 pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso sobre acción Negatoria seguido por Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez por sí y en representación de Jaldania Paz Maldonado y Maycel Maldonado Sánchez contra el Juan León Plata Calahumana, el Auto de fs. 1008 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 069/2017 de 15 de junio, cursante de fs. 726 a fs. 732 que declaró Probada la demanda, de fs. 89 a fs. 97 subsanada por memorial de fs. 131-132 e Improbada con referencia a la negación del derecho propietario del demandado, Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista Nº 60/2017 de 27 de junio, cursante de fs. 985 a fs. 987, que Revoca en parte la Sentencia Nº 069/2015 de 15 de junio; así mismo se declara Improbada la demanda de fs. 89 a fs. 97 incoada por subsanada por memorial de fs. 131-132, incoada por Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez, Jaldania Paz Maldonado y Maycel Maldonado Sánchez fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por las demandantes, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 069/2017 de 15 de junio, cursante de fs. 726 a fs. 732 que declaró Probada la demanda, de fs. 89 a fs. 97 subsanada por memorial de fs. 131-132 e Improbada con referencia a la negación del derecho propietario del demandado, Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto de Vista Nº 60/2017 de 27 de junio, cursante de fs. 985 a fs. 987, que Revoca en parte la Sentencia Nº 069/2015 de 15 de junio; así mismo se declara Improbada la demanda de fs. 89 a fs. 97 incoada por subsanada por memorial de fs. 131-132, incoada por Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez, Jaldania Paz Maldonado y Maycel Maldonado Sánchez fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por las demandantes, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez, Jaldania Paz Maldonado Sánchez y Maycel Maldonado Sánchez
- Proceso: Acción negatoria
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
