POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 989 a 996, interpuesto por Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez por sí y en representación de Jaldania Paz Maldonado Sánchez y Maycel Maldonado Sánchez contra el Auto de Vista Nº 60/2017 de 27 de junio, cursante de fs. 985 a fs. 987 pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Partes: Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez, Jaldania Paz Maldonado Sánchez y Maycel Maldonado Sánchez
- Proceso: Acción negatoria
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
