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A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar a la detenida con copia de la presente resolución y mandamiento a expedirse, otorgándosele el plazo de diez días, más los de la distancia, para que asuma defensa, con cuyo resultado se remitirán obrados en Vista Fiscal, ante la Fiscalía General del Estado para que se pronuncie sobre la procedencia o improcedencia de la solicitud de extradición, una vez formalizada
- AUTO SUPREMO: 20/2017
- FECHA:Sucre, 1 de febrero de 2017
- EXPEDIENTE Nº:01/2017
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- Que, el art
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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- Sala Plena
