Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art
Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil de 1975, reproducida en el art. 274 del Código Procesal Civil vigente, corresponde pronunciar Auto conforme al art. 277-II) del Código Procesal Civil vigente
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo (fs
- cia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código” (sic)
- Concordante, el art
- En el caso, tomando en consideración que el recurso de casación en la forma y
- Asimismo, la entidad recurrente identifica el Auto de Vista impugnado y efectúa exposición de hecho
- Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art
- Regístrese comuníquese y cúmplase.
