Auto Supremo AS/0124/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0124/2017-RI

Fecha: 07-Feb-2017

Asimismo, el art. 91 (Días y Horas Hábiles) del mismo adjetivo civil, preceptúa


IV. Vencido el plazo, la o el secretario, sin necesidad de orden alguna, informará verbalmente del vencimiento a la autoridad judicial, a fin de que dicte la resolución que corresponda”.

Asimismo, el art. 91 (Días y Horas Hábiles) del mismo adjetivo civil, preceptúa:
“I. Son días hábiles para la realización de actos procesales todos aquellos en los cuales funcionan los juzgados y tribunales del Estado Plurinacional