Auto Supremo AS/0166/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0166/2017-RA

Fecha: 20-Feb-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

VISTOS: El recurso de casación de fs. 989 a 997, interpuesto por Loida Dávalos García por sí y en representación de Karla Jeannine Porcel Dávalos contra el Auto de Vista Nº 393/2016 de 23 de septiembre, cursante de fs. 979 a 981, y su Auto complementario a fs. 985, pronunciado por la Sala Tercera Civil, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso sobre nulidad de documentos y otros seguido por Carlos Marcelo Eberhardt Crespo contra la recurrente y otros, el Auto de fs. 1003 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 37/2015 de 23 de septiembre, cursante a fs. 919 a 927, que declaró Improbada la demanda principal, y Probada en parte la demanda reconvencional de fs. 245 a 253 vta. en lo que corresponde a la acción negatoria, e Improbada con relación al pago de daños y perjuicios; Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandante, fue resuelto por Auto de Vista Nº 393/2016 de 23 de septiembre, cursante de fs. 979 a 981, y su Auto complementario a fs. 985, que anuló obrados hasta fs. 919 de obrados inclusive, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva del mismo; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Loida Dávalos García por sí y en representación de Karla Jeannine Porcel Dávalos, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad