VISTOS: La solicitud de aclaración y complementación del Auto Supremo Nº 40 de 24 de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 39-1
Sucre, 24 de marzo de 2017
Expediente: 282/2016-S
Demandante: Corporación Minera de Bolivia
Demandada: Adrián Ríos Barrón y otro
Materia: Coactivo Fiscal
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: La solicitud de aclaración y complementación del Auto Supremo Nº 40 de 24 de marzo de 2017, presentado por José María Caballero Alcocer, en representación legal de la Corporación Minera de Bolivia, dentro del proceso coactivo fiscal que sigue la Corporación Minera de Bolivia contra Adrián Ríos Barrón y Carlos Rolando Villanueva Valda; lo que corresponde ver en derecho; y:
CONSIDERANDO I: Que, el impetrante solicita aclaración y complementación de conformidad al arts. 226 del Código de Procesal Civil (CPC), respecto del Auto Supremo Nº 40 de 24 de marzo de 2017, emitido por la Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm., Primera del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró infundado el recurso de casación de fs. 630 a 631
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 39-1
Sucre, 24 de marzo de 2017
Expediente: 282/2016-S
Demandante: Corporación Minera de Bolivia
Demandada: Adrián Ríos Barrón y otro
Materia: Coactivo Fiscal
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: La solicitud de aclaración y complementación del Auto Supremo Nº 40 de 24 de marzo de 2017, presentado por José María Caballero Alcocer, en representación legal de la Corporación Minera de Bolivia, dentro del proceso coactivo fiscal que sigue la Corporación Minera de Bolivia contra Adrián Ríos Barrón y Carlos Rolando Villanueva Valda; lo que corresponde ver en derecho; y:
CONSIDERANDO I: Que, el impetrante solicita aclaración y complementación de conformidad al arts. 226 del Código de Procesal Civil (CPC), respecto del Auto Supremo Nº 40 de 24 de marzo de 2017, emitido por la Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm., Primera del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró infundado el recurso de casación de fs. 630 a 631
- VISTOS: La solicitud de aclaración y complementación del Auto Supremo Nº 40 de 24 de
- Solicitando se aclare y complemente en cuanto al incumplimiento de los procedimientos establecidos en el
- Al respecto, el art
- II
- III
- IV. La aclaración, enmienda o complementación no podrá alterar lo sustancial de la decisión principal
- V
- Así, en relación al memorial de solicitud de aclaración y complementación presentado por José María
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
