Auto Supremo AS/0108/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2017-A

Fecha: 21-Mar-2017

Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art

Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art. 277. I del nuevo Código Procesal Civil, corresponde en este estado del proceso, realizar el examen de admisibilidad, respecto a los recursos de casación en el fondo de fs.121 a 122 y de fs. 125 a 127 y vta., del expediente. CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisando el recurso interpuesto por Milton Javier Nina Flores, en representación legal de la Empresa de Bordados BORDATEX y el recurso de casación en el fondo planteado por Gunnar Marcel Micordia Serrudo, fueron planteados, presentados y admitidos en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil (Ley Nº 439), por lo que, en cumplimiento de su Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar los mismos a efectos de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por Ley