Auto Supremo AS/0190/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se observa que la recurrente denuncia la vulneración


Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se observa que la recurrente denuncia la vulneración al debido proceso, en sus vertientes de derecho de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva establecida en el art. 115. I de la CPE, indicando que el Auto de Vista recurrido no consideró los arts. “11, 76, 79, 373 III), 160, 161, 162 y 164” del CPP, al confirmar la Sentencia que fue emitida como efecto de la aplicación del Procedimiento Abreviado, pese a que no compareció a la audiencia porque no fue notificada; en consecuencia, se hubiere vulnerado lo estipulado por el “Art. 373.III) del CPP”; al efecto, cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 118/2015-RRC, 192/2013 de 11 de julio y 384/2014, sin establecer la similitud menos la contradicción con la Resolución recurrida de casación, conforme se desarrolló ampliamente en el acápite III de la presente Resolución, omisión que no puede ser suplida por este Tribunal