Auto Supremo AS/0361/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2017-RA

Fecha: 22-May-2017

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente


En el caso de autos, se establece que el 12 de enero del 2017, fue notificado el recurrente, con el Auto de Vista hoy impugnado, y el 17 del mismo mes y año, interpuso recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP, verificando a continuación el cumplimiento de los demás requisitos.

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, a tiempo de resolver la presunta existencia del defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc.1) del CPP, violó su derecho al debido proceso, e incurrió en defecto absoluto insubsanable conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP; motivo por el que invocó como precedentes contradictorios los Auto Supremo 134/2013 de 20 de mayo y 236/2007 de 7 de marzo, señalando como contradicción entre éstos y el motivo traído en casación, que el Tribunal de apelación debió tener cuidado de observar que a la ausencia de alguno de los elementos configurativos del tipo penal, no existía delito; por lo que, corresponde su admisibilidad