Auto Supremo AS/0387/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0387/2017-RA

Fecha: 29-May-2017

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Se aclara que, respecto de los Autos Supremos 51/2013 de 25 de febrero, 73/2013 de 20 de marzo, 145/2013 RRC de 28 de mayo, estos no serán motivo de contraste en la resolución de fondo, en mérito a que estas declararon infundados los recursos de casación, por lo tanto, no contienen doctrina legal aplicable que permita efectuar la labor de contraste solicitada.


POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara  ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Francisco Muiba Freidy, a través de los memoriales cursantes de fs. 43 a 44 vta. y 46 a 49; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase