II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de fs. 492 a 495, interpuesto por Deisy Quisbert Flores, se desprende que a tiempo de hacer una relación de los hechos entre otras, denuncia que el Tribunal de Alzada habría aplicado las disposiciones del Decreto Supremo Nº 24247 de 7 de marzo de 1999, por encima de una norma internacional como resultaría ser el Código Bustamante, y restar todo valor jurídico respecto de los efectos del instituto del matrimonio civil, al acto que se habría celebrado entre su persona y Jorge Bustillos, extremo que habría sido desconocido y vulnerado en el Auto de Vista recurrido, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3 del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso de fs. 492 a 495, interpuesto por Deisy Quisbert Flores, se desprende que a tiempo de hacer una relación de los hechos entre otras, denuncia que el Tribunal de Alzada habría aplicado las disposiciones del Decreto Supremo Nº 24247 de 7 de marzo de 1999, por encima de una norma internacional como resultaría ser el Código Bustamante, y restar todo valor jurídico respecto de los efectos del instituto del matrimonio civil, al acto que se habría celebrado entre su persona y Jorge Bustillos, extremo que habría sido desconocido y vulnerado en el Auto de Vista recurrido, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3 del Código Procesal Civil
- Partes: Banco Nacional de Bolivia c/ Jorge Bustillos Vargas y Deisy Quisbert Flores
- Proceso: Ordinario sobre revisión de tercería de derecho excluyente
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
