II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 187 a 188 vta., formulado por Antonio Mendoza Huanca, se desprende que describiendo la relación de los hechos entre otras, denuncia interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1453 del Código Civil, toda vez que de la propia confesión de la actora, se establecería que nunca habría tenido posesión del bien inmueble objeto de la Litis, consiguientemente tampoco habría perdido la posesión respecto al referido inmueble, por lo que no correspondía aplicarse dicha norma, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso que cursa de fs. 187 a 188 vta., formulado por Antonio Mendoza Huanca, se desprende que describiendo la relación de los hechos entre otras, denuncia interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1453 del Código Civil, toda vez que de la propia confesión de la actora, se establecería que nunca habría tenido posesión del bien inmueble objeto de la Litis, consiguientemente tampoco habría perdido la posesión respecto al referido inmueble, por lo que no correspondía aplicarse dicha norma, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Lucia Nélida Chuquimia Zenteno c/ Antonio Mendoza Huanca
- Proceso: Sobre reivindicación
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
