Auto Supremo AS/0551/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2017-RA

Fecha: 29-May-2017

Conforme a lo previsto en el art


II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II.1.- Emitido el Auto de Vista de fs. 255 a 258, se notifica a las recurrentes en fecha 12 de abril de 2017 (fs.259), habiendo presentado el recurso en fecha 24 de abril de 2017 (timbre de fs. 260), esto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que las recurrentes identifican la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, Delia Murillo Vda. de Claure por sí y por Rosario y Jhonny Claure Murillo impugnan la mencionada Resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que revocó la Sentencia apelada, y declaro improbada en toda sus partes la demanda principal, probada la demanda reconvencional en lo que respecta al reconocimiento de mejor derecho sobre el 50% del bien inmueble objeto de la Litis a favor de los herederos del de cujus Raúl Claure Cárdenas e improbada en lo que respecta a la división y partición de bien común, las codemandantes María Leonor Villarroel Carrasco y Daniela Celene Claure Villarroel recurren de casación, que resulta ser permisible, conforme a la decisión adoptada en segunda instancia