Manifestó que el Director Zurita, entregó certificado de trabajo y le instauró acción laboral, pero
Indemnización.-
Refirió que en los contratos que se realiza con todo profesor, se estipula el pago anual de este derecho que es pagado a la conclusión del año académico. Haciendo notar que el trabajador confiesa a fs. 251 y transcribiendo dicha confesión sic. “inc. d) mi contrato ha finalizado por lo tanto mi retiro no es forzoso”
Manifestó que el Director Zurita, entregó certificado de trabajo y le instauró acción laboral, pero que el Director a la fecha no ha rendido cuentas de su actuación al haber estado a cargo del centro educativo. Con la agravante de que Aguas del Illimani ingresa a este centro que anteriormente pertenecía a los trabajadores de SAMAPA, quienes en su oportunidad hubieron cancelado los beneficios a todos los profesores, tal como se estila en el ramo de la educación, afirmando que los contratos son anuales y que al término de éstos se les cancela los salarios aguinaldo y el pago de la indemnización por el año trabajado. A fin de que el próximo año se los recontrate o ya no sean convocados para renovar sus contratos laborales
Refirió que en los contratos que se realiza con todo profesor, se estipula el pago anual de este derecho que es pagado a la conclusión del año académico. Haciendo notar que el trabajador confiesa a fs. 251 y transcribiendo dicha confesión sic. “inc. d) mi contrato ha finalizado por lo tanto mi retiro no es forzoso”
Manifestó que el Director Zurita, entregó certificado de trabajo y le instauró acción laboral, pero que el Director a la fecha no ha rendido cuentas de su actuación al haber estado a cargo del centro educativo. Con la agravante de que Aguas del Illimani ingresa a este centro que anteriormente pertenecía a los trabajadores de SAMAPA, quienes en su oportunidad hubieron cancelado los beneficios a todos los profesores, tal como se estila en el ramo de la educación, afirmando que los contratos son anuales y que al término de éstos se les cancela los salarios aguinaldo y el pago de la indemnización por el año trabajado. A fin de que el próximo año se los recontrate o ya no sean convocados para renovar sus contratos laborales
- I.1. Antecedentes del proceso
- I.1.1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral planteada por Pedro Blanco, demandando Pago de Beneficios Sociales, contra
- I.1.2.Auto de Vista
- Respondido el recurso por Felipe Blanco a través de su representante legal Auguro Saturnino Oblitas
- I.2.MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Interpuesto el Recurso de Casación, se refiere a que plantea el recurso en atención
- Manifestó que el Director Zurita, entregó certificado de trabajo y le instauró acción laboral, pero
- Continuó indicando que la aseveración del trabajador implica una confesión de parte, que se encuentra
- Explicó que este hecho tiene responsabilidad del patrimonio sindical cuyo mandato es solidario en todos
- Solicita Case el Auto de Vista y disponga el no pago de la indemnización
- Mediante Memorial de fs
- Pide declarar Infundado el Recurso de Casación formulado por la entidad demandada y sea con
- Mediante Auto Supremo Nº 245-A de 12 de agosto de 2016 LA Sala Contenciosa y
- CONSIDERANDO II
- En virtud a los antecedentes, revisado cuidadosamente el recurso de casación en el fondo,
- En el caso concreto debemos destacar que la Jurisprudencia de este Tribunal y del Tribunal
- Es así que los juzgadores aplican este Principio en concordancia con el art
- Ha sido también uniforme la jurisprudencia en señalar que es imperativo que se cumpla el
- Sobre el aspecto que el Sindicato demandado utiliza, sobre la confesión del demandante, es preciso
- En tal sentido, analizadas las Resoluciones impugnadas, se puede concluir que tanto la Sentencia como
- Por lo expuesto, toca resolver el Recurso de Casación, aplicando la disposición contenida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
