El recurrente denuncia que se dictó una Sentencia condenatoria, aplicando de manera errónea la ley
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente denuncia que se dictó una Sentencia condenatoria, aplicando de manera errónea la ley sustantiva penal, porque no existe el tipo penal por el cual fue juzgado y condenado y “a la valoración defectuosa de las pruebas” (sic), porque en juicio no se habría demostrado de manera objetiva y concreta que su persona hubiera adecuado su conducta al supuesto delito de Estafa, inobservando los arts. 124, 173 y 350 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por haberlo sentenciado a tres años de reclusión sin que exista prueba que demuestre su participación en el delito señalado, por lo que al existir duda razonable señala que se debió aplicar el principio de in dubio pro reo, para concluir solicita que el Tribunal de apelación anule la sentencia condenatoria y ordene se dicte nueva resolución absolutoria
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El recurrente denuncia que se dictó una Sentencia condenatoria, aplicando de manera errónea la ley
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
