II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 216 a 223 vta. interpuesto por Walter Israel Salazar Escalante y Mirian Salazar Escalante a través de su representante Aaron Abel Berazain Salazar, se desprende que describiendo la relación de los hechos, entre otras, acusa indebida aplicación del art. 87 del Código Civil, toda vez que no podría tenerse como posesión legal la actividades familiares que una persona realiza dentro de un inmueble, asimismo refiere que estaría esclarecido que las mejoras efectuadas dentro el inmueble no habrían sido realizadas por la demandante, además su posesión no habría sido continua, aspectos que harían inviable la pretensión de la actora; deduciendo que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3 del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
De la revisión del recurso que cursa de fs. 216 a 223 vta. interpuesto por Walter Israel Salazar Escalante y Mirian Salazar Escalante a través de su representante Aaron Abel Berazain Salazar, se desprende que describiendo la relación de los hechos, entre otras, acusa indebida aplicación del art. 87 del Código Civil, toda vez que no podría tenerse como posesión legal la actividades familiares que una persona realiza dentro de un inmueble, asimismo refiere que estaría esclarecido que las mejoras efectuadas dentro el inmueble no habrían sido realizadas por la demandante, además su posesión no habría sido continua, aspectos que harían inviable la pretensión de la actora; deduciendo que la recurrente cumple con la exigencia establecida en el art 274.I num. 3 del Código Procesal Civil, por lo que corresponde admitir el mismo
- Partes: Jacinta Quispe Zanabria c/ Walter Salazar Magnani
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a Ley
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
