POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 216 a 223 vta., interpuesto por Walter Israel Salazar Escalante y Mirian Salazar Escalante a través de su representante Aaron Abel Berazain Salazar contra el Auto de Vista Nº 160/2017 de 2 de mayo, cursante de fs. 208 a 210 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- Partes: Jacinta Quispe Zanabria c/ Walter Salazar Magnani
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a Ley
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
