POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 178 a 180, interpuesto por Edwin Chávez Quiroga y Corina Beatriz Pabón de Chávez contra el Auto de Vista Nº D-406/2010 de 16 de noviembre, cursante de fs. 139 a 140 y su Auto complementario a fs. 176 pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Sucre: 20 de julio 2017
- Partes: Edwin Chávez Quiroga y Corina Beatriz Pabón de Chávez c/ Ángel Jorge Velasco Soruco
- Proceso: Fraude procesal y otro
- Distrito: La Paz
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
