De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 324 a 326 y vta., deducido por Edwin Salazar Márquez representado por Irma Salazar Márquez contra el Auto de Vista Nº 40/2017 de fecha 29 de marzo, cursante de 319 a 321 y vta., pronunciado por la Sala Civil-Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de anulabilidad de documentos, reivindicación, reposición de registro y pago de daños y perjuicios seguido por Edwin Salazar Márquez contra Napoleón Vidal Boheme y Mercedes Gonzales Campos; la concesión de fs. 331, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 57/2014 de fecha 08 de agosto, cursante de fs. 259 a 262, que declaró I. Probada la demanda de fs. 58 a 62, interpuesta por el demandante. II. Se declara Improbada la demanda reconvencional interpuesta por el demandado Napoleón Vidal Boheme en memorial de fs. 103 a 105; Resolución de primera instancia que al ser apelada por Napoleón Vidal Boheme (codemandado), fue resuelto por Auto de Vista Nº 40/2017 de fecha 29 de marzo, cursante de 319 a 321 y vta., que Revoca parcialmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por la parte actora, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 57/2014 de fecha 08 de agosto, cursante de fs. 259 a 262, que declaró I. Probada la demanda de fs. 58 a 62, interpuesta por el demandante. II. Se declara Improbada la demanda reconvencional interpuesta por el demandado Napoleón Vidal Boheme en memorial de fs. 103 a 105; Resolución de primera instancia que al ser apelada por Napoleón Vidal Boheme (codemandado), fue resuelto por Auto de Vista Nº 40/2017 de fecha 29 de marzo, cursante de 319 a 321 y vta., que Revoca parcialmente la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por la parte actora, que es objeto de análisis de la presente Resolución en relación a los requisitos de admisibilidad
- Partes: Edwin Salazar Márquez c/ Napoleón Vidal Boheme y Otra
- Proceso: Ordinario de anulabilidad de documentos, reivindicación, reposición de registro y pago de daños y
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
