POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación de fs. 155 a 157, deducido por La Empresa D` Oliveira CBT representado legalmente por Ernesto Oliveira Arias contra el Auto de Vista Nº 151/2017 de fecha 23 de mayo, cursante de fs. 152 a 153 vta., pronunciado por la Sala Primera Civil-Comercial, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Proceso: Ordinario de cumplimiento de contrato más pago de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 20/2016 de fecha 23 de
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
