Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a Ley.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
- Proceso: Ordinario de cumplimiento de contrato más pago de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 20/2016 de fecha 23 de
- En el marco de lo preceptuado por el art
- De la revisión del recurso de casación de fs
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
