Regístrese, notifíquese y cúmplase
En mérito a lo dispuesto precedentemente, se deja SIN EFECTO el decreto de admisión de fs. 35 de obrados y posteriores actuados procesales.
Regístrese, notifíquese y cúmplase
Regístrese, notifíquese y cúmplase
- CONSIDERANDO I
- Que habiéndose puesto en vigencia la Ley de Minería y Metalurgia N° 535 de 28
- La resolución de esta última agotará el procedimiento administrativo, quedando expedita la vía jurisdiccional contenciosa
- De lo anteriormente expuesto, se tiene que la competencia para el conocimiento de los procesos
- Sin embargo de lo expuesto, a la fecha se debe considerar que se encuentra vigente
- Es decir, que de una interpretación extensiva y favorable de los derechos de los administrados,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
