Auto Supremo AS/0361/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2017-A

Fecha: 15-Ago-2017

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Servicio Departamental de Gestión Social del Beni (en

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 361-A
Sucre, 15 de agosto de 2017

Expediente: 361/2017-S
Demandante: José Eduardo Hidalgo Rocha
Demandado: Servicio Departamental de Gestión Social SEDEGES Beni
Proceso: Beneficios Sociales
Departamento: Beni

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Servicio Departamental de Gestión Social del Beni (en adelante SEDEGES Beni) legalmente representada por Sócrates Llapis Ojopi (fs. 84 a 86) impugnando el Auto de Vista N° 21/2017 de 13 de marzo de 2017 (fs. 80 a 81) pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso-Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, en la demanda por pago de beneficios que sigue José Eduardo Hidalgo Rocha contra la Entidad recurrente, el informe de fs. 100 sobre falta de respuesta al recurso, el Auto de fs. 101 que concede el mismo; y:
CONSIDERANDO I: (Consideraciones Previas)
El Código Procesal Civil (NCPC), Ley N° 439/2013 (aplicable de forma supletoria en materia social por previsión del Art. 252 del Código Procesal Laboral), en el art. 277 num. I) prevé que el Tribunal Supremo de Justicia, recibidos obrados del Recurso de Casación, examinará si se cumplieron los requisitos de forma previstos por el Art. 274, de no ser así lo declarará improcedente, en cuyo caso, se tendrá por ejecutoriada la resolución recurrida; si se admitiere, en el término de 48 horas, pasará para sorteo de Magistrado