Asimismo, la recurrente identifica el Auto de Vista impugnado, efectúa exposición de hecho y de
CONSIDERANDO II: (Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, conforme a las diligencias de notificación de fs. 96 y el timbre electrónico de recepción de fs. 98, consta que el recurso fue interpuesto en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Asimismo, la recurrente identifica el Auto de Vista impugnado, efectúa exposición de hecho y de derecho citando las normas que considera violadas, entendiéndose de la fundamentación en qué consiste la violación
Que, conforme a las diligencias de notificación de fs. 96 y el timbre electrónico de recepción de fs. 98, consta que el recurso fue interpuesto en el plazo establecido por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Asimismo, la recurrente identifica el Auto de Vista impugnado, efectúa exposición de hecho y de derecho citando las normas que considera violadas, entendiéndose de la fundamentación en qué consiste la violación
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por la demandada Basilia Espada Llanos (fs
- Esta nueva ley, en su disposición transitoria Sexta establece: "Al momento de la vigencia plena
- Por su parte el art
- Asimismo, la recurrente identifica el Auto de Vista impugnado, efectúa exposición de hecho y de
- Por lo expuesto, considerándose cumplida razonablemente la carga procesal explicitada en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
