El primer párrafo del art
II. ANÁLISIS Y RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD
El primer párrafo del art. 125 del CPP, al hacer referencia a la explicación, complementación y enmienda, señala que: “El juez o tribunal de oficio podrá aclarar las expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error material o de hecho, contenidos en sus actuaciones y resoluciones, siempre que ello no importe una modificación esencial de las mismas” (las negrillas son añadidas), concediendo la citada norma la facultad a las partes de plantear una solicitud encaminada a ese fin, dentro del primer día hábil posterior a su notificación
- Por memorial presentado el 20 de julio del 2017, Cristóbal Estanislao Ira Campos solicita Explicación
- El impetrante solicita la explicación sobre los siguientes aspectos: 1) El recurso de casación no
- El primer párrafo del art
- En ese contexto, resulta menester señalar que: i) La explicación, tiene el objetivo volver más
- En el caso concreto, de la revisión de actuados procesales, se establece que la víctima
- En cuanto al primer motivo, se advierte que el solicitante impetra una explicación cuyo planteamiento
- Respecto al segundo motivo, el impetrante pretende la explicación de una temática, sin hacer referencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad al art
- Se emite la presente resolución en la fecha porque la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina, se
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
