Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 642/2017-RA
Sucre, 28 de agosto de 2017
Expediente: Tarija 30/2017
Parte Acusadora: Jaime Coareti Condori
Parte Imputada: Oscar Villalba y otros
Delitos: Calumnia y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs. 163 a 168 vta., Oscar Villalba, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 08/2017-SP1 de 17 de febrero de 2017 de fs. 156 a 157, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Jaime Coareti Condori contra Oscar Alejandro Villalba Zenteno, Mauricio Villalba Zenteno y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Injurias y Calumnias, previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 642/2017-RA
Sucre, 28 de agosto de 2017
Expediente: Tarija 30/2017
Parte Acusadora: Jaime Coareti Condori
Parte Imputada: Oscar Villalba y otros
Delitos: Calumnia y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs. 163 a 168 vta., Oscar Villalba, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 08/2017-SP1 de 17 de febrero de 2017 de fs. 156 a 157, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Jaime Coareti Condori contra Oscar Alejandro Villalba Zenteno, Mauricio Villalba Zenteno y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Injurias y Calumnias, previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Menciona y transcribe extractos de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0100/2013 de 17 de enero, referido
- Invoca como precedentes contradictorios al Auto de Vista impugnado, los Autos Supremos 189/2012-RRC de 8
- El art
- que la norma procesal y material será efectivamente aplicada por igual; además, esta labor se
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Al respecto, el recurrente, aunque de manera mínima cumple con la exigencia de explicar en
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
