I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
VISTOS: El Recurso de Compulsa de fs. 59 a 61, interpuesto por Julia Quispe Pucho, contra el Auto de fecha 26 de junio 2017 cursante a fs. 48 del testimonio, pronunciado por los Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso Interdicto de recobrar la posesión seguido por Basilia Tiñini de Barrionuevo y Primitivo Barrionuevo Candia contra Julia Quispe Pucho, los antecedentes del testimonio, y:
I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA:
Que, por Sentencia N° 381/2015 de fecha 17 de agosto, el Juzgado 10° Público Civil y Comercial de la ciudad del El Alto, mediante el cual declara probada la demanda de Interdicto de Recobrar la Posesión, así también pronuncia Auto de fecha 2 de diciembre de 2015 que determino; al tratarse la causa de un interdicto de recobrar la posesión la misma que fue apelada, la Sentencia principal deber ser concedida en el efecto devolutivo, conforme señala el art. 595 del Código de Procedimiento Civil y no así en el efecto suspensivo
I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA:
Que, por Sentencia N° 381/2015 de fecha 17 de agosto, el Juzgado 10° Público Civil y Comercial de la ciudad del El Alto, mediante el cual declara probada la demanda de Interdicto de Recobrar la Posesión, así también pronuncia Auto de fecha 2 de diciembre de 2015 que determino; al tratarse la causa de un interdicto de recobrar la posesión la misma que fue apelada, la Sentencia principal deber ser concedida en el efecto devolutivo, conforme señala el art. 595 del Código de Procedimiento Civil y no así en el efecto suspensivo
- Partes: Julia Quispe Pucho c/ Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal
- Expediente: LP-82-17-Com
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
- Que por Auto de Vista N° 102/2017 de fecha 13 de abril, (fs
- Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- Del análisis de obrados se puede establecer que la presente causa, más allá de haber
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Se impone multa a la compulsante conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
