Auto Supremo AS/0900/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0900/2017-RA

Fecha: 25-Ago-2017

Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia


II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del
Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:

II 1. Emitido el Auto de Vista de fs. 471 a 474, se notifica a las recurrentes en fecha 20 de junio de 2017 (fs.481) y en fecha 23 de junio de 2017 (fs.483), respectivamente, habiendo presentado los recursos en fecha 3 de julio de 2017 (fs. 505) y 7 de julio de 2017 (fs. 517), respectivamente, estos dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recursos en los cuales también se advierte que las recurrentes identifican la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia, las recurrentes impugnan la mencionada resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que confirmó la Sentencia apelada recurren de casación, que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical