Por lo expuesto, considerándose cumplida razonablemente la carga procesal explicitada en el art
Por lo expuesto, considerándose cumplida razonablemente la carga procesal explicitada en el art. 274 del NCPC, corresponde pronunciar Auto Supremo conforme al art. 277.II) del referido Código Procesal
- Que, el Código Procesal Civil, (NCPC), Ley N° 439/2013 (aplicable de forma supletoria en materia
- Que, el art
- Que, conforme a la diligencia de notificación de fs
- Por lo expuesto, considerándose cumplida razonablemente la carga procesal explicitada en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
