II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso de fs. 210 a 212, interpuesto por José Félix Tapia Montecinos, se desprende que entre otras, denuncia que el Auto de Vista recurrido habría efectuado una errónea interpretación y aplicación del art. 1453-I del Código Civil, toda vez que la reivindicación exigiría como requisito, que el propietario haya sido despejado de la cosa de su propiedad, para poderla recuperar de quien tenga o posea indebidamente, siendo que en el caso presente el demandante, no habría tenido jamás la posesión real, corporal y física del inmueble, peticionando por que se case el Auto de Vista impugnado; por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso de fs. 210 a 212, interpuesto por José Félix Tapia Montecinos, se desprende que entre otras, denuncia que el Auto de Vista recurrido habría efectuado una errónea interpretación y aplicación del art. 1453-I del Código Civil, toda vez que la reivindicación exigiría como requisito, que el propietario haya sido despejado de la cosa de su propiedad, para poderla recuperar de quien tenga o posea indebidamente, siendo que en el caso presente el demandante, no habría tenido jamás la posesión real, corporal y física del inmueble, peticionando por que se case el Auto de Vista impugnado; por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Farid Abdón Vaca Tapia c/ José Félix Tapia Montecinos
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
