POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 210 a 212, interpuesto por José Félix Tapia Montecinos contra el Auto de Vista Nº 21/2017 de 16 de febrero, cursante de fs. 205 a 208 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Partes: Farid Abdón Vaca Tapia c/ José Félix Tapia Montecinos
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
