POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 573 a 577 vta., interpuesto por Marcelino Vera Mamani contra el Auto de Vista Nº 89/2017 de 9 de agosto, cursante de fs. 564 a 571 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro
- Partes: Marcelino Vera Mamani c/ Fidel Cruz Canaviri y Otra
- Proceso: Mejor derecho propietario, reivindicación y otro
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
